Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/187/2021/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 17 de julio de 2021
  • El órgano garante aprobó ocho criterios de interpretación cuyo propósito es, entre otros, orientar a los sujetos obligados en la atención a las solicitudes de información.
  • Con los Lineamientos para la Ejecución del Trabajo a Domicilio o Distancia se digitalizan los procesos laborales y se garantizan la salud e integridad del personal del Instituto.


Con la aprobación unánime de ocho criterios de interpretación y de los Lineamientos para la Ejecución de Trabajo a Domicilio o Distancia por parte del Personal del INFO CDMX, el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México sienta un precedente para otras instituciones porque pone al centro de cada determinación a las personas.



Con dichas acciones, el órgano garante de la capital del país se renueva y mantiene a la vanguardia cumpliendo con los deberes que le son conferidos; además de potenciar la cultura de la transparencia y protección de datos personales, garantiza con el trabajo a distancia la salud e integridad física de las personas servidoras públicas del Instituto.



La aprobación de los ocho criterios de interpretación tiene como propósito orientar a los sujetos obligados en la atención a las solicitudes de información, así como tomarlos en cuenta para futuras resoluciones; con ello, suman un total de 14 nuevos criterios que ayudarán a dotar de certeza jurídica a las personas recurrentes, a los sujetos obligados y a las propias resoluciones.



Los criterios aprobados durante la Décima Séptima Sesión Ordinaria fueron los siguientes:



  1. 1. Requisitos para que sea válida una respuesta complementaria.
  2. 2. Respuesta complementaria notificada por estrados.
  3. 3. Recurso de datos personales. Se desecha por improcedente cuando se agravia por falta de respuesta y existió una puesta a disposición y ratifica agravio al desahogar la prevención.
  4. 4. Si el solicitante en la presentación de su solicitud de acceso a la información pública señala como medio para oír y recibir toda clase de notificaciones una cuenta de correo electrónico, la respuesta por parte del sujeto obligado deberá notificarse a ese mismo medio señalado como indicado para recibir notificaciones, de lo contrario, se configurará la omisión de respuesta.
  5. 5. Acta de Comité de Transparencia. El sujeto obligado deberá emitir declaración formal de inexistencia de datos personales, así como de negativa de ejercicio de derechos ARCO.
  6. 6. Casos en los que procede prevención con el acompañamiento de la respuesta que el Sujeto Obligado otorgó a una solicitud de Información.
  7. 7. Autenticidad y validez de los documentos notificados a través de la Plataforma Nacional de Transparencia.
  8. 8. Entrega de los anexos de los documentos solicitados.


    1. Los criterios pueden ser consultados ingresando a la siguiente liga electrónica



      Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (infocdmx.org.mx)



      Respecto a los Lineamientos para la Ejecución de Trabajo a Domicilio o Distancia, el colegiado local en su Décima Octava Sesión Ordinaria los aprobó con el objetivo de digitalizar los procesos y encontrar nuevas formas de trabajo que garanticen la salud e integridad del personal del INFO CDMX.



      El documento establece que, a partir de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, se implementaron nuevas modalidades de trabajo a distancia que no requieren la presencia física de las personas servidoras públicas en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación para el contacto, realización y supervisión de las funciones institucionales.



      Busca brindar seguridad para las personas servidoras públicas del INFO CDMX, los sujetos obligados y para la población en general.



      La pandemia generada por el SARS-CoV-2 que transformó al mundo, dejó de manifiesto la necesidad de crear nuevos modelos de trabajo para que las instituciones logren sus objetivos y proteja los derechos de las personas públicas y la ciudadanía en general.



      Los Lineamientos para la ejecución de trabajo a domicilio o distancia por parte del personal del INFO Ciudad de México, contemplan los siguientes rubros:



      • • Derechos y deberes de las personas servidoras públicas ante el trabajo a distancia;
      • • Instrumentos y herramientas de trabajo;
      • • Mecanismos de contacto y supervisión;
      • • Medidas de seguridad y de salud;
      • • El derecho a la desconexión digital.



      El INFO CDMX resuelve acciones en favor de las y los habitantes de la capital del país y continúa trabajando por los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales, además de que impulsa la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas.



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